¡Ten en cuenta! Esta semana termina el plazo para declarar y pagar ReteICA
Falta poco para que finalice el plazo para declarar y pagar el impuesto de Industria y Comercio ReteICA, te contamos las fechas y cómo puedes liquidar y pagar esta obligación tributaria.
El próximo lunes 25 de julio se vence el plazo para declarar y pagar el tercer bimestre del año 2022 del ReteICA, después de que concluya esta fecha límite quienes no hayan cumplido con la obligación tributaria, deberán asumir sanciones extemporáneas.
El ReteICA es una retención que hace un cliente a un proveedor para después pagarlo a la ciudad o municipio donde se encuentra, al ser determinado por cada municipio no existe uniformidad a nivel nacional.
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Fechas límite de pago para el ReteICA
La Secretaría Distrital de Hacienda, SHD, señaló en el calendario tributario distrital para este 2022, las siguientes fechas para declarar y pagar el tercer bimestre del ReteICA, correspondiente al mes de mayo y junio.
Bimestre 3 |
Último dígito del NIT o cédula |
Lunes 18 de julio |
0 y 1 |
Martes 19 de julio |
2 y 3 |
Jueves 21 de julio |
4 y 5 |
Viernes 22 de julio |
6 y 7 |
Lunes 25 de julio |
8 y 9 |
Es importante resaltar que los agentes retenedores que no paguen su obligación en las fechas que le corresponden por su último dígito, podrán cancelar hasta el lunes 25 de julio, fecha máxima de pago oportuno.
“Recordamos a los agentes retenedores que, para descongestionar y agilizar sus procesos de declaración y pago, sugerimos en la actual vigencia cumplir la obligación hasta la fecha correspondiente al número de identificación asignado en el calendario tributario. No obstante, cabe aclarar, se mantiene una fecha común límite para todos los agentes”, explica el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
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Próximas fechas de pago del ReteICA
Para el cuarto bimestre del año 2022, correspondiente a los meses de julio y agosto, los próximos vencimientos de ReteICA serán del 19 al 23 de septiembre.
Bimestre 4 |
Último dígito del NIT o cédula |
Lunes 19 de septiembre |
0 y 1 |
Martes 20 de septiembre |
2 y 3 |
Miércoles 21 de septiembre |
4 y 5 |
Jueves 22 de septiembre |
6 y 7 |
Viernes 23 de septiembre |
8 y 9 |
¿Cómo liquidar y pagar el ReteICA?
- Ingresa a la Oficina Virtual y selecciona “Impuesto de Industria y Comercio”.
- Haz clic en el botón ICA/ReteICA y accede con tu usuario y contraseña.
- Ten a la mano el certificado de existencia y representación legal, además de los estados financieros y/o contables en los que aparezcan registrados los ingresos por las actividades económicas.
- En la sección “Mis impuestos”, elige la opción “Industria y Comercio” y luego “Declarar y pagar en 3 pasos”. Se desplegarán las siguientes opciones:
1. Liquidar impuesto
2. Presentar declaración
3. Pagar impuesto
5. Selecciona la primera opción “Liquidar impuesto” para que el sistema te remite al liquidador de Industria y Comercio.
6. Ingresa todos los datos solicitados por el sistema y haz clic en “Confirmar”.
7. A continuación, registra los datos de la actividad económica y la base gravable.
8. Antes de firmar y presentar la declaración, verifica los datos de identificación y registra los del representante legal o contribuyente. Si tienes revisor fiscal, digita la información correspondiente.
9. Luego, escoge la opción “Generar declaración para firma digital o electrónica”, donde se desplegará una ventana emergente para aceptar la generación del PDF.
10. Una vez generado el PDF de la liquidación, entra nuevamente a la Oficina Virtual, da clic en “Presentar declaración” y elige “Con firma electrónica”.
11. Valida la información y haz clic en “Generar declaración”.
12. Para generar el recibo de pago, ingresa por “Solo pago” desde el liquidador de Industria y Comercio.
13. Digita en el campo VP (valor a pagar), el valor del HA (total saldo a cargo) generado en la declaración y diligencia el valor de los intereses de mora (IM), si aplica.
14. Para obtener el recibo oficial de pago (ROP), revisa que los datos de identificación estén correctos y registra los del representante legal o contribuyente, si tienes revisor fiscal, pon la información respectiva.
15. El sistema emitirá un recibo oficial de pago con código de barras para presentar en bancos autorizados.
16. Recuerda: con el número de referencia de recaudo puedes realizar el pago por medios electrónicos ingresando aquí. Después, da clic en el botón “Paga aquí”.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL