Imagen de un pequeño carro de juguete rojo

Lo que debes saber sobre el Impuesto de Vehículos


Foto: Pixabay

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El Impuesto de Vehículos es de carácter directo y recae sobre la propiedad o posesión de los vehículos gravados.

¿Quién debe pagar este impuesto?

El propietario o poseedor de los vehículos gravados matriculados en Bogotá, incluidos los de transporte público.

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¿Qué vehículos no están gravados?

- Motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindrada. (Estas solo deben pagar los derechos de semaforización).

- Tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola. 

- Tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.

- Vehículos y maquinaria de uso industrial, que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.

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¿Cómo puedo pagarlo?

- Ingresa a la oficina virtual de Secretaría de Hacienda.

- Debes registrarte o acceder con tu usuario y contraseña.

- Ingresa a la pestaña de ‘Pagos y Servicios’ y luego haz clic en la opción ‘Impuesto de Vehículos’.

- Puedes pagar en línea de forma segura a través de PSE.

- También puedes descargar el recibo y hacer el pago en bancos, almacenes de cadena y puntos autorizados.

¿Puedo pagar a cuotas?

No. A diferencia del Impuesto Predial, este impuesto no tiene autorizado el pago diferido a cuotas.