Lo que debes saber sobre el Impuesto de Vehículos
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El Impuesto de Vehículos es de carácter directo y recae sobre la propiedad o posesión de los vehículos gravados.
¿Quién debe pagar este impuesto?
El propietario o poseedor de los vehículos gravados matriculados en Bogotá, incluidos los de transporte público.
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¿Qué vehículos no están gravados?
- Motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindrada. (Estas solo deben pagar los derechos de semaforización).
- Tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
- Tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.
- Vehículos y maquinaria de uso industrial, que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.
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¿Cómo puedo pagarlo?
- Ingresa a la oficina virtual de Secretaría de Hacienda.
- Debes registrarte o acceder con tu usuario y contraseña.
- Ingresa a la pestaña de ‘Pagos y Servicios’ y luego haz clic en la opción ‘Impuesto de Vehículos’.
- Puedes pagar en línea de forma segura a través de PSE.
- También puedes descargar el recibo y hacer el pago en bancos, almacenes de cadena y puntos autorizados.
¿Puedo pagar a cuotas?
No. A diferencia del Impuesto Predial, este impuesto no tiene autorizado el pago diferido a cuotas.