Madre comunitaria enseña a una niña en un hogar del ICBF.

Madres comunitarias del ICBF: quiénes son y cómo prestar este servicio


Foto: ICBF.

Tanto mujeres como hombres pueden ser madres y padres comunitarios en los hogares del ICBF. Conoce los requisitos y el proceso para ser uno de estos agentes educativos.

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Desde hace casi 40 años existe en Colombia la figura de madres, padres y hogares comunitarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), servicios que son de gran ayuda, en especial, para familias de escasos recursos con niños y niñas que requieren de apoyo en cuanto al cuidado y atención integral a la primera infancia.

En esa atención a las familias, es clave el papel de los agentes educativos comunitarios, mejor conocidos como padres y madres comunitarias, hombres y mujeres que, según el ICBF, son “responsables del cuidado de los niños y las niñas de primera infancia del programa de Hogares Comunitarios de Bienestar (HCB)”.

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Según esa misma entidad, hoy en Colombia hay 69 mil madres comunitarias, entre ellas algunos padres, quienes atienden a 1 millón 77 mil niños y niñas en la modalidad comunitaria de la educación inicial (menores entre seis meses y cinco años de edad), a través del servicio de hogares comunitarios en todas sus formas:

  • Hogares Comunitarios de Bienestar HCB - Tradicional: cuando una madre comunitaria, en su casa, abre un espacio para atender entre 12 y 14 niños.
  • Hogares Comunitarios de Bienestar FAMI: se encargan de atender a las madres gestantes y lactantes, y a los niños hasta dos años, enseñándoles a las familias buenas prácticas de cuidado y crianza.
  • Hogares Comunitarios de Bienestar Agrupados: se organizan en grupos hasta de 4 HCB tradicionales, en una infraestructura que generalmente es propiedad del municipio. Atienden a los niños en espacios más grandes y mejor adecuados.

De acuerdo con los lineamientos de dichos hogares, estos funcionan mediante el otorgamiento de becas a las familias (Ley 88 de 1989), por parte del ICBF a través de una Entidad Administradora del Servicio, EAS, la cual es una organización sin ánimo de lucro (fundación, cooperativa, iglesia o comunidad religiosa, ONG, organización comunitaria, etc.) que se encarga de la operación de los mencionados hogares.

Según el ICBF, “en corresponsabilidad con la sociedad y el Estado, sumado a un alto porcentaje de recursos locales”, en dichos hogares “se atienden las necesidades básicas de protección, cuidado, nutrición, salud, educación y desarrollo psicosocial de los niños y niñas en la primera infancia”, misión en la cual los padres y madres comunitarias asumen un rol de liderazgo.

Si estás interesado en ser uno de estos agentes educativos comunitarios, hoy tu amigo Canal Institucional te cuenta cómo hacer parte de este programa del ICBF y qué requisitos debes reunir para prestar este servicio remunerado en tu barrio o comunidad.

¿Cómo ser padre o madre comunitaria?

Para ser agente educativo dentro de este programa de hogares comunitarios creado en 1986, las personas interesadas deben, según el ICBF, “adelantar un proceso que permita identificar quienes ofrecen las mejores condiciones sociales, afectivas, la motivación favorable para su atención y cuidado y la capacidad de brindar entornos protectores (a los niños y niñas que acuden a los hogares)”.

De acuerdo con la entidad, toda persona interesada en ser madre o padre comunitario debe dirigirse al hogar comunitario más cercano a su residencia y allí presentar una solicitud acompañada por los certificados y documentos señalados a continuación:

  • Diploma o acta de grado que certifique el grado de escolaridad del aspirante.
  • Certificado médico que respalde las condiciones de salud con las que cuenta el postulante.
  • Carta de compromiso en la que el futuro padre o madre comunitarios manifiesten la disponibilidad de tiempo para prestar este servicio.
  • Aceptación familiar de facilitar de manera solidaria los espacios requeridos para la prestación del servicio. Esto se respalda mediante una carta de aceptación (cuando el Hogar funciona en la casa de la madre comunitaria) firmada por el jefe del núcleo familiar.
  • Antecedentes judiciales del agente educativo, de su cónyuge, de los hijos mayores de dieciocho años (u otras personas parientes o no) que habiten en el hogar. Se deberá adjuntar certificación de la consulta realizada en la base de datos de la Policía Nacional.

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Requisitos para ser madre o padre comunitario

Si deseas prestar este servicio como agente educativo en tu comunidad, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber residido, por lo menos durante un año, en el sector donde funcione el Hogar Comunitario de Bienestar.
  • Grado escolar mínimo exigido: secundaria completa o normalista.
  • Tener entre 20 y 45 años de edad al momento de su ingreso.
  • Ser apto para el desarrollo de la labor, lo cual debe ser certificado por un médico.
  • Ser reconocido en su comunidad por su solidaridad, convivencia y valores cívicos.
  • Cuando los hogares comunitarios funcionen en la vivienda de la madre comunitaria, esta deberá manifestar por escrito que de manera solidaria con los niños de su comunidad y las familias, facilitará los espacios donde se brinde la atención.
  • No deben presentar antecedentes judiciales ni el agente educativo, ni su cónyuge, ni los hijos mayores de 18 años, u otras personas parientes o no que habiten en el hogar.
  • Contar con disponibilidad de tiempo para la atención de los niños beneficiarios del programa de acuerdo con la jornada de atención definida.
  • No haber sido retirado de otros servicios de atención a la primera infancia por incumplimiento de sus obligaciones y de los lineamientos del programa.

En el caso de las comunidades étnicas reconocidas por el Ministerio del Interior, donde no exista el perfil establecido, el ICBF aclara que allí podrán ejercer como madres o padres comunitarios, aquellos líderes o lideresas reconocidas por la comunidad por su saber tradicional y/o por su conocimiento específico, que tengan manejo del idioma y conocimiento de su cultura y que cumplan con estos criterios:

  • Tener experiencia laboral o experiencia certificada por la autoridad tradicional correspondiente en trabajo educativo ajustado a la cultura, preferiblemente en trabajo con familias y/o infancia.
  • Haber terminado el máximo grado de educación formal ofertado en las instituciones educativas de su respectiva comunidad.
  • No haber sido sancionado por las autoridades tradicionales.

¿Dudas? Así las resuelves a través del ICBF

Si tienes inquietudes respecto a los hogares comunitarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o dudas en relación con su programa de padres y madres comunitarias, te dejamos los datos de contacto de esa entidad y enlaces a ciertos canales de atención para que resuelvas todas tus preguntas:

☎️ Vía telefónica: línea 141. Esta es la Línea de Protección a niños, niñas y adolescentes, donde, entre otros, puedes alertar sobre situaciones irregulares relacionadas con los hogares o los mencionados agentes comunitarios. En ella te atenderán las 24 horas.

? Línea gratuita nacional: 01 8000 91 8080. Disponible de lunes a viernes, entre las 8:00 a. m. y las 5:00 p. m..

☎️ PBX: (+57) 601 4377630. Disponible de lunes a viernes, desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m..

? Puntos de Atención: En este enlace consulta los datos de contacto de las direcciones regionales y centros zonales del ICBF para atención y orientación.

? Redes sociales del ICBF:

?️ Sitio web oficial del ICBF.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL