Maltrato animal en Colombia: ¿Cómo denunciar?

¿Cómo denunciar casos de maltrato animal en Colombia? Líneas de atención en varias ciudades


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Conoce cómo puedes reportar un caso de maltrato animal en Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali y Medellín, así como las condenas por este delito.

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En Colombia, la Ley 1774 de 2016 reconoce a los animales como seres sintientes, que deben recibir protección contra el sufrimiento, abandono y el dolor, por eso cualquier caso de maltrato es atendido por las entidades responsables para hacer valer sus derechos y buscar su protección.

Recordemos que anteriormente el artículo 655 del Código Civil, consideraba a los animales como muebles, los cuales podían transportarse de un lugar a otro o por sí mismos.

No obstante, según contempla el artículo 3 de la Ley 1774 de 2016, en la actualidad los dueños o cuidadores de animales en el país son responsables de asegurar su bienestar y protegerlos en los siguientes aspectos:

1. Que no sufran hambre ni sed.

2. Que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor.

3. Que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido.

4. Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés.

5. Que puedan manifestar su comportamiento natural.

Además, la norma es clara al señalar que como sociedad tenemos la obligación de asistir y defender a los animales frente a acciones que pongan en riesgo su integridad, salud o en los peores casos, su vida.

“Asimismo, tienen la responsabilidad de tomar parte activa en la prevención y eliminación del maltrato, crueldad y violencia contra los animales; también es su deber abstenerse de cualquier acto injustificado de violencia o maltrato contra estos y denunciar aquellos infractores de las conductas señaladas de las que se tenga conocimiento”, detalla la Ley 1774 de 2016.


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¿Cómo reportar casos de maltrato animal?

En Colombia, para presentar una denuncia sobre un caso de maltrato animal cuentas con el apoyo de distintas entidades que te brindarán apoyo según la ciudad donde te encuentres, eso sí, ten presente que para reportar animales heridos o casos que requieren de una atención inmediata o urgente es mejor comunicarse directamente con la línea de emergencias 123.

Barranquilla

Si conoces algún caso de maltrato en Barranquilla puedes marcar al 195 o al (605) 4010205 donde puedes preguntar por el Centro de Bienestar Animal para recibir asesoría.

Bogotá

En Bogotá el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal, IDPYBA, cuenta con una ruta de reporte especial para los casos de maltrato animal que se presenten en la ciudad, de los cuales, los más graves son enviados a la Fiscalía para que sea impuesta la respectiva sanción, multa o condena.

Para realizar tu reporte puedes comunicarte a la línea contra el maltrato animal del Instituto de Protección IDPYBA: 01 8000 115 161; escribir al correo proteccionanimal@animalesbog.gov.co o en el Sistema Bogotá Te Escucha para adjuntar fotos y/o videos como evidencia.

El horario para comunicarte con la línea contra el maltrato es de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados, domingos y festivos de 6:30 a.m. a 7:00 p.m.

Tras el registro de la denuncia se llevarán a cabo unas visitas por parte del Escuadrón Anticrueldad del IDPYBA quienes se encargarán de hacer una valoración sobre el estado de salud, confort, nutrición, comportamiento del animal reportado y a su vez, emitir un concepto técnico que defina el proceso a seguir.

Bucaramanga

En Bucaramanga la Unidad de Bienestar Animal (UBA) cuenta con el acompañamiento de un personal de apoyo dividido en 6 equipos que te asistirán según sus habilidades:

  1. EPA – Equipo Protección Animal, los cuales están encargados de atender las denuncias de la comunidad donde se vea vulnerada la salud física o emocional de un animal.
  2. EMVET – Equipo Médico Veterinario y Técnico, que brindará la atención los animales en condición de vulnerabilidad.
  3. EAM – Equipo de Apoyo Masivo, que realiza la caracterización y diagnóstico de los animales.
  4. EES – Equipo Educativo Sensibilizador, que se encarga de generar conciencia y sensibilizar a la comunidad frente al maltrato animal.
  5. ECUBA – Equipo de Comunicaciones de la UBA.
  6. EJUPO – Equipo Jurídico y Político.

Para denunciar un caso de maltrato animal puedes escribir al correo: mebuc.polam@policia.gov.co; comunicarte con las inspecciones de policía o los CAI de la ciudad; o a través de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS) recibidas por medio de la página bienestaranimal@bucaramanga.gov.co

Después, el inspector de policía en compañía de un veterinario verificará los hechos y tomará las medidas necesarias: como la aprehensión, traslado a servicios médicos especializados, seguimiento y control del animal.

Cali

En la Sultana del Valle la línea única de atención de WhatsApp de la Unidad Administrativa Especial de Protección Animal es el número 3182750101.

Medellín

Comunícate al 3855555 extensión 9773, o marca 0 para comunicarte con la operadora e indicarle que quieres denunciar un caso de maltrato animal.

La otra opción es dirigirte a la Inspección Ambiental ubicada en la carrera 52 número 71-84, Unidad Permanente de Justicia El Bosque, donde podrás presentar la queja de forma personal y presentando evidencias.

Horario de atención:

  • Lunes a jueves de 7:30 a.m. – 12:30 p.m. y 1:30 p.m. – 5:30 p.m.
  • Viernes de 7:30 a.m.- 12:30 p.m. y 1:30 p.m. – 4:30 p.m.

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¿Cómo se castiga el maltrato animal en Colombia?

De acuerdo con el artículo 339A del Código Penal, quien maltrate a un animal causándole la muerte o lesiones que afecten su salud e integridad física, incurrirá en las siguientes sanciones y condenas:

Pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes”, detalla la norma.

Asimismo, las penas contempladas en la ley pueden tener un incremento de la mitad a tres cuartas partes cuando las conductas denunciadas se cometen:

a) Con sevicia.

b) Cuando una o varias de las conductas mencionadas se perpetren en vía o sitio público.

c) Valiéndose de inimputables o de menores de edad o en presencia de aquellos.

d) Cuando se cometan actos sexuales con los animales.

e) Cuando alguno de los delitos previstos en los artículos anteriores se cometiere por servidor público o quien ejerza funciones públicas.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL