Sistema pensional colombiano: ¿Cómo funciona?

¿Cómo funciona el sistema pensional colombiano? Te contamos


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Desde las peculiaridades que constituyen al sistema de pensiones en Colombia, hasta los tipos de pensiones disponibles en el país para los ciudadanos. Te invitamos a conocer cómo funciona este ahorro.

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Al culminar nuestra vida laboral y cuando llegamos a cierta edad, una preocupación que nos atañe es la estabilidad económica personal y del hogar al no recibir un salario mensual, sin embargo, en el país contamos con un ahorro que te permite asegurar tu vejez o tener una protección frente a alguna eventualidad que te impida trabajar.

Nos referimos a la pensión, la cual consiste en unos aportes de dinero que realizas a lo largo de tu vida, y que al cumplir determinadas condiciones de edad y semanas cotizadas te proporciona un ingreso regular que te permite cubrir tus necesidades de alimentación, vivienda, salud, entre otras.

En Colombia, la Ley 100 de 1993 creó el sistema de seguridad social integral, el cual incluye al sistema general de pensiones, con el objeto de garantizar una protección ante contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte.

Con el propósito de que conozcas cómo funciona el sistema pensional colombiano, tu amigo Canal Institucional te explica algunos aspectos clave que son de tu interés sobre este derecho que tienes y que no solo te asegura un ingreso en el futuro, sino que también te protege ante una situación inesperada.


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Características del Sistema General de Pensiones en Colombia

Nuestro sistema pensional busca proteger no solo al afiliado sino también a su núcleo familiar en caso de fallecimiento del cotizante o ante una imposibilidad de trabajar. Aquí te contamos algunos aspectos característicos del sistema de pensiones en el país:

  • Exceptuando a los trabajadores independientes, todas las personas están obligadas a cotizar pensiones.
  • Tienes libertad para afiliarte o trasladarte a cualquiera de los regímenes del Sistema General de Pensiones.
  • Como afiliado tienes derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones y de las pensiones de invalidez, de vejez y de sobrevivientes.
  • Los afiliados no pueden recibir simultáneamente pensiones de invalidez y de vejez.
  • Las entidades administradoras de cada uno de los regímenes del Sistema General de Pensiones están sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera.
  • No puedes vincularte a ambos regímenes pensionales (Régimen de Prima Media y Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad) ni a más de una administradora de pensiones.
  • Los tipos de pensiones en Colombia son:
  • De vejez.
  • De invalidez.
  • De sobrevivencia.
  • Familiar.
  • La afiliación al sistema general de pensiones puede realizarse de manera obligatoria o voluntaria.
  • Los trabajadores independientes son responsables de cotizar sobre los ingresos que declaren ante la entidad a la cual se afilien, y son responsables por la totalidad de la cotización.
  • El empleador es responsable del pago que le corresponde y del aporte de los trabajadores a su servicio, por lo que descuenta del salario de cada afiliado el monto de las cotizaciones y las traslada a la administradora de pensiones seleccionada por el trabajador.

¿Cómo se compone el Sistema General de Pensiones en Colombia?

En Colombia, coexisten dos regímenes que resguardan este ahorro realizado en el transcurso de tu vida. Cabe precisar que de manera libre y voluntaria tienes la posibilidad de elegir alguna de estas alternativas para iniciar tus aportes a pensión, y de la misma forma, si lo deseas, realizar tiempo después el traslado a otra administradora:

  • Régimen de Prima Media: administrado por la entidad del Estado, Colpensiones.
  • Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: administrado por las sociedades administradoras de fondos de pensiones (AFP) entre las cuales se encuentran Porvenir, Colfondos, Protección y Skandia.

Al afiliarte al Régimen de Prima Media tus aportes constituyen un fondo común de naturaleza pública, que permite garantizar el pago de las prestaciones a todos los pensionados, además de que el Estado es responsable de asegurar este beneficio.

Por otro lado, en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad los aportes no ingresan a un fondo común sino a una cuenta de ahorros individual a nombre del afiliado.

¿Cuál es la diferencia entre la afiliación obligatoria y la voluntaria?

De acuerdo con el artículo 15 del Capítulo II de la Ley 100 de 1993, hay dos tipos de afiliados al Sistema General de Pensiones:

  1. En forma obligatoria: “Todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, salvo las excepciones previstas en esta Ley”, detalla la norma.
  2. En forma voluntaria:
  • Los trabajadores independientes y en general todas las personas naturales residentes en el país. 
  • Los colombianos domiciliados en el exterior, que no tengan la calidad de afiliados obligatorios y que no se encuentren expresamente excluidos por la Ley 100 de 1993.
  • Los extranjeros que en virtud de un contrato de trabajo permanezcan en el país y no estén cubiertos por algún régimen en su país de origen o en cualquier otro.

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¿Cuál es la edad para pensionarse en Colombia?

Para acceder a una pensión a través del Régimen de Prima Media debes contar con un tiempo de 1.300 semanas cotizadas (aproximadamente 26 años) y alcanzar la edad de jubilación que en las mujeres es de 57 años, mientras que en los hombres es de 62.

En cuanto al Régimen de Ahorro Individual, puedes acceder a una pensión teniendo por lo menos 1.150 semanas cotizadas, no es necesario el requisito de edad mínima, lo que si importa es que el dinero ahorrado en tu cuenta financie una pensión.

¡Toma nota! Tipos de pensiones en Colombia

En el país no solo cuentas con un ahorro para tu vejez, también puedes acceder a pensiones de invalidez, sobrevivencia o familiar, que dependerán del régimen al que te encuentres vinculado:

  • Pensión de vejez: los ahorros realizados a lo largo de tu vida laboral te permitirán, al cumplir determinadas condiciones que dependerán del régimen en el que te encuentres, contar con un monto mensual para cubrir tus necesidades básicas.
  • Pensión de invalidez: es otorgada a los trabajadores que a causa de un accidente o enfermedad perdieron capacidades físicas o mentales, impidiéndoles trabajar.
  • Pensión de sobrevivencia: “en caso de que tú fallezcas tus beneficiarios podrán recibir una pensión, gracias a las cotizaciones que hayas realizado”, señala Colpensiones.
  • Pensión familiar: “es una prestación que se genera por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes en el Sistema General de Pensiones”, explica Porvenir.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL