Mujer depositando su voto en elecciones. Ilustra nota de periodo de alcaldes en Colombia.

Elecciones 2023: ¿cuál es el periodo de los alcaldes en Colombia?


Foto: Colprensa.

A propósito de las elecciones territoriales que se adelantan este año en el país, te contamos cuánto tiempo permanece un alcalde en el poder y más datos relacionados con los periodos de ese cargo.

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Desde el 1 de enero (y días antes, en algunos casos) los nuevos alcaldes y gobernadores empiezan oficialmente su mandato, con un acto de posesión.

¿Cuánto tiempo permanece un alcalde en su cargo en Colombia?

Cuatro años es el periodo legal para el cual es elegido un alcalde o alcaldesa de cualquier municipio o distrito especial en Colombia.

Así lo establece la Constitución Política de 1991, que en su en su artículo 314, precisa:

“En cada municipio habrá un alcalde, jefe de la administración local y representante legal del municipio, que será elegido popularmente para períodos institucionales de cuatro (4) años, y no podrá ser reelegido para el período siguiente”.

¿En qué casos el mandato de un alcalde puede durar menos de cuatro años?

El periodo para el que fue elegido un alcalde municipal o de cualquier distrito especial del país puede ser menor a los cuatro años para los que fue elegido, “siempre que se presente falta absoluta” de dicho funcionario, según la Constitución.

De acuerdo con la Registraduría Nacional, esta falta absoluta se da cuando el burgomaestre:

  • Fallece.
  • Presenta renuncia y esta es aceptada.
  • Presenta incapacidad física permanente.
  • Se da la declaratoria de nulidad por su elección.
  • Hay una interdicción judicial en su contra.
  • Es destituido.
  • Se da la revocatoria de su mandato (por voto popular y democrático mediante los mecanismos establecidos por las leyes colombianas).
  • Presenta incapacidad por enfermedad superior a 180 días.

En estos casos, hay dos situaciones que definen si la Registraduría debe citar o no a elecciones atípicas para que, también mediante el voto popular, en los municipios se elija al nuevo alcalde. Así se debe actuar según la Constitución Política:

  • Siempre que se presente falta absoluta a más de 18 meses de la terminación del período, se elegirá alcalde para el tiempo que reste.
  • En caso de que faltare menos de 18 meses, el gobernador (del departamento donde el municipio tiene jurisdicción) designará un alcalde para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido.

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En el caso de Bogotá, por ser Distrito Capital, al darse la falta absoluta del alcalde a menos de 18 meses para la terminación del periodo para el que fue elegido, “el Presidente de la República designará alcalde mayor para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido” (artículo 323 de la Constitución Política de Colombia).

¿Hasta cuándo estarán en su cargo los actuales alcaldes?

Hasta el 31 de diciembre del 2027 (para el caso de los recién electos) va el mandato de los alcaldes municipales y distritales que hoy ejercen en todo el territorio nacional.

Salvo por los que han sido elegidos en comicios atípicos a lo largo del cuatrienio (periodo de cuatro años) a punto de terminar, los actuales alcaldes tomaron posesión de sus cargos el 1 de enero de 2020.

Ten en cuenta: ¿Ya inscribiste tu cédula para votar en 2023? En estos puntos puedes hacerlo.

Cabe recordar que las más recientes elecciones territoriales se presentaron el 27 de octubre de 2019, fecha en la cual resultaron elegidos también los gobernadores, asambleas departamentales, concejos municipales y juntas administradoras locales que, al igual que los alcaldes, finalizan su periodo el próximo 31 de diciembre.

¿Cuándo comienzan a gobernar los nuevos alcaldes y hasta cuándo va su mandato?

El 1 de enero de 2024 toman posesión de su cargo los alcaldes de todos los municipios y distritos especiales de Colombia que sean elegidos en los comicios del 29 de octubre de este año.

El periodo para el que serán elegidos es el 2024-2027, por lo cual, a menos de que suceda algo extraordinario, los alcaldes y alcaldesas que resulten electos este año estarán en su cargo hasta el 31 de diciembre de 2027.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL