¡Estas son las nuevas modalidades para retirar tus cesantías!
Los colombianos ahora podrán invertir sus cesantías de otra manera. Según el Decreto 1562 de 2019, este dinero servirá para financiar los pagos correspondientes a la educación.
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Así los ciudadanos podrán ahorrar anticipadamente para pagar su educación superior, la de su cónyuge, compañero o compañera permanente o la de sus hijos.
¿Cuáles son las modalidades?
Las modalidades que contempla el decreto son la de ahorro programado y seguro educativo.
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¿Cuáles son los requisitos para el retiro parcial para ahorro programado o seguro educativo?
1. Certificado de existencia y representación de la entidad con la que contrató el ahorro programado o el seguro educativo.
2. Copia del contrato suscrito y/o póliza de seguro suscrito con entidad.
3. Copia de la factura y/o cuenta de cobro o cualquier documento que haga sus veces con destino a la entidad con la cual contrató el ahorro programado o seguro educativo para educación superior según corresponda.
4. Los registros civiles correspondientes o las declaraciones extrajuicio, según corresponda.
5. Certificado expedido por la autoridad competente que determine los factores físicos o psicológicos que originan la situación de dependencia, cuando sea el caso.
¡Para tener en cuenta!
Una vez radiques tu solicitud, el fondo o el empleador tiene cinco días hábiles para verificar que cumplas con los requisitos y luego hará el desembolso.