Abecé sobre la Declaración de Renta


Contenido

En siete respuestas, a las preguntas más frecuentes, le contamos todo lo que debe saber sobre la declaración y pago de este impuesto para 2015.

 

1. ¿Todos los colombianos deben declarar renta?

No. De hecho, no todos los que declaran renta deben hacer el pago.

 

2.  ¿Quiénes deben pagar este impuesto?

  • Las personas naturales con ingresos superiores a $38'479.000 mensuales en 2014.
  • Las que hayan tenido un patrimonio bruto de más de $123'682.500 millones de pesos durante el año pasado.
  • Si tuvo ingresos brutos anuales por más de $38'479.000 millones en el año 2014.
  • Si registró consumos con tarjeta débito o crédito por más de $76,958.000 millones.

 

3.  ¿Quiénes no deben declarar renta?

Si usted es empleado o trabajador independendiente y sus empleadores le realizan retenciones mensuales, pues estas se convierten en “pagos anticipados” del impuesto de renta.

4.  ¿Cuándo es la fecha límite de pago?

Los vencimientos inician el 11 de agosto y terminarán el 21 de octubre, según los dos últimos dígitos de su documento de identidad. El 11 de agosto les corresponderá a los números terminados en 01 y 02 y así sucesivamente, hasta el 21 de octubre cuando lo hagan las personas cuyas cédulas terminen en 99 y 00.

5.  ¿Cómo declarar renta?

En primer lugar, antes de declarar renta debe actualizar el RUT. En este se asignará un número de identificación tributaria y acorde a los dos últimos dígitos de ese NIT se podrá determinar la fecha de vencimiento.

Posteriormente, debe identificar la categoría a la que pertenece: si es empleado o trabjador independiente, e identifique el sistema para declarar.

La Dian, en su sitio web, ha dispuesto el programa Ayuda Renta para guiarlo paso por paso en la realización de este trámite. En este mecanismo, usted solo deberá diligenciar los datos que le pide el programa y, al final, automáticamente le arrojará la liquidación del impuesto.

  • Las personas que cuentan con firma digital pueden hacer la declaración virtual, así como el pago electrónico
  • Crear una cuenta para acceder a los Servicios en Línea de la DIAN, diligenciar el formulario de la declaración en la página web, imprimirlo y llevarlo al banco.
  • En la página de la web, sin claves, puede diligenciar el formulario, imprimirlo y llevarlo al banco 
  • Solicitando el formulario litográfico en los puntos de contacto de la DIAN. El formulario es gratuito.

 

6.  ¿Qué sanciones tiene no declarar renta?

Tiene una sanción correspondiente al 5% del total del valor del impuesto a pagar. La sanción mínima es de $275.000 pesos y corren intereses (29,45%) por presentación extemporánea.

 

7.    ¿Qué documentos debo anexar para realizar este trámite?

  • Certificado de ingresos y retenciones para empleados
  • Certificado de retención en la fuente (un certificado adicional si tienes acciones, certificado emitido por las entidades financieras a 31 de diciembre de 2014)

 

Ver el calendario tributario para 2015.

 

Si tiene otras dudas sobre este trámite, formule sus preguntas en el sitio web de la Dian.