Calculadora junto a objetos de papelería. Ilustra nota sobre declaración de renta 2023.

Declaración de renta 2023: ¿quiénes deben presentarla en octubre?


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Te contamos a cuáles contribuyentes les corresponde, según el calendario tributario, presentar y declarar renta en el mes de octubre, así como algunas herramientas que te ayudarán a cumplir con la obligación.

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Desde el 2 y hasta el 19 de octubre tienen plazo las personas naturales, cuyos dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria, NIT, se encuentren entre el 75 al 00, para cumplir con esta obligación tributaria y evitar sanciones.

Con este periodo culmina el calendario tributario entregado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, que señala las fechas límite que tienen los contribuyentes para presentar su declaración de renta por el año gravable 2022.

Cabe destacar que, los contribuyentes pueden presentar su respectiva declaración anticipadamente, sin esperar a que llegue el plazo final establecido por la entidad.


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¿Quiénes están obligados a declarar renta?

De acuerdo con información de la DIAN, este año le corresponde declarar renta a las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia, que en 2022 cumplieron con alguna de las siguientes condiciones:

  • Patrimonio bruto superior a $171.018.000 a 31 de diciembre de 2022.
  • Ingresos brutos iguales o superiores a $53.206.000 durante 2022.
  • Consumos con tarjeta de crédito superiores a $53.206.000 durante 2022.
  • Compras y consumos totales superiores a $53.206.000 durante 2022.
  • Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superior a $53.206.000 durante 2022.
  • Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas – IVA al cierre de 2022.

Además, la entidad aclaró que “las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia que hayan recibido ingresos de fuente nacional y no hayan sido objeto de retención en la fuente, deberán presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario -año gravable 2022 en el Formulario 110”, en los mismos plazos señalados en el calendario.

¿En qué fechas debo declarar renta?

Si los dos últimos dígitos de tu NIT están entre el 75 y el 00, debes anotar la fecha que te corresponda en tu calendario para que no se te pase el plazo para declarar y pagar el impuesto sobre la renta. Conoce aquí los tiempos de vencimiento que tienes para cumplir con la obligación durante el mes de octubre:

Dos últimos dígitos del NIT

Plazo en octubre

75 - 76 2 de octubre
77 - 78 3 de octubre
79 - 80 4 de octubre
81 - 82 5 de octubre
83 - 84 6 de octubre
85 - 86 9 de octubre
87 - 88 10 de octubre
89 - 90 11 de octubre
91 - 92 12 de octubre
93 - 94 13 de octubre
95 - 96 17 de octubre
97 - 98 18 de octubre
99 - 00 19 de octubre

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¡Toma nota! Herramientas que te ayudan con el diligenciamiento, presentación y pago

La entidad destacó una serie de mecanismos ubicados en el Micrositio Renta Personas Naturales Año Gravable 2022, que te facilitarán el cumplimiento de esta obligación tributaria:

  • Programa Ayuda Renta 2022: podrás elaborar un borrador de tu declaración, el cual te facilitará el diligenciamiento final del formulario.
  • También cuentas con la declaración sugerida de renta, en la que la DIAN propone valores para varias casillas del formulario, los cuales, tu defines si se adaptan a tu realidad jurídica, económica y financiera.
  • Puedes consultar la información exógena o reportada por terceros, que puede emplearse como parte de la información que debe ser incluida en la declaración. 
  • Hágalo usted mismo: tendrás una guía que te orientará paso a paso en la determinación de la obligación y el posterior proceso de diligenciamiento, presentación y pago de la declaración.

¡Evita estafas! Así detectas posibles engaños a nombre de la DIAN

A propósito del periodo de declaración de renta para personas naturales en Colombia, en curso desde el pasado 9 de agosto, la DIAN pidió a la ciudadanía estar alerta ante posibles estafas que se podrían presentar con el uso fraudulento de su nombre.

La entidad hizo un llamado para que las personas, declarantes o no de renta, tengan cuidado especial con las estafas cibernéticas, que se dan a través de comunicaciones vía  correo electrónico u otros medios digitales, como plataformas de redes sociales.

Al respecto, informó que "la mayoría de las comunicaciones enviadas desde la DIAN llevan consigo un código alfanumérico" y que la autenticidad de dichos mensajes pueden ser comprobada fácilmente gracias a ese código.

Si sospechas de algún mensaje de correo electrónico, cuyo remitente sea, aparentemente, la DIAN, ingresa a este sitio web y haz clic sobre la opción 'Verifica autenticidad de correos DIAN' (debajo del enunciado 'Verificación de correos').

Fuente: DIAN.

Ingresa el código de verificación que debe aparecer en el correo que te llegó y constata que dicho mensaje es realmente de la DIAN. Si te aparece un mensaje como el siguiente, quiere decir que la comunicación es fraudulenta, por lo que deberás hacer caso omiso a ella.

Fuente: DIAN.

En todo caso, recuerda la DIAN, "las comunicaciones de estafa pueden estar acompañadas de mala ortografía, mala redacción e información falsa muy notoria, y en la gran mayoría le piden que ingrese a enlaces o contiene información amenazante", por lo que estas señales podrían ser un indicio suficiente para que te abstengas, si quiera, de abrir los enlaces que pueden contener esos mensajes.

Conoce aquí más sobre ciberdelitos y cómo evitar aquellos en los que inescrupulosos y delincuentes usan de forma fraudulenta el nombre y servicios de la DIAN.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL