Derechos de autor: ¿cómo proteger tu idea?
Aprende en la siguiente nota como blindar tus obras, trabajos o piezas audiovisuales del plagio.
Los derechos de autor en Colombia abarcan los derechos de los autores o creadores de obras literarias, artísticas o científicas. Estos autores buscan salvaguardar sus creaciones para evitar un uso inapropiado por parte de terceros que podrían obtener beneficios ilícitos de las mismas.
Este derecho se encuentra amparado en la Constitución de Colombia, en el artículo 61.
De acuerdo con Roxana Contreras Castro, especialista en derechos de autor, propiedad intelectual y nuevas tecnologías, los derechos de autor se encuentran comprendidos dentro del concepto de propiedad intelectual.
La propiedad intelectual se divide en dos: por un lado, se encuentran los derechos de autor, que protegen las
obras científicas, literarias, artísticas y musicales, entre otras, y, por otro lado, la propiedad industrial, que son
derechos que se obtienen frente a una nueva creación, como las invenciones o los nuevos diseños, o frente a
un signo distintivo, como las marcas de productos o servicios, entre otras. Estos derechos pueden ser
explotados industrial y/o comercialmente para generar un beneficio económico.
¿Qué es un plagio y en qué momentos se presenta?
De acuerdo a la definición de la Real Academia de la Lengua, un plagio se da cuando tomas una obra ajena y la presentas o la haces pasar como una obra propia. Es decir: apropiarse de una idea original de otra persona y sacarle provecho, sin reconocer su autoría.
El plagio es considerado ampliamente como una mala práctica, un engaño, una forma deshonesta de actuar, que compromete la integridad del creador de la obra
¿Qué tipos de obras existen?
Tanto la Decisión Andina 351 de 1993 como la Ley 23 de 1982 establecen que el objeto de protección de los derechos de autor recae en las obras literarias, artísticas y científicas. Sin embargo, es importante resaltar que esta protección no se encuentra limitada a estas categorías.
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¿En qué momento se considera que una obra es original?
La originalidad de una obra se evalúa según dos criterios: la originalidad objetiva y la originalidad subjetiva.
La originalidad objetiva establece que una creación será original en la medida en que no sea una reproducción de otra existente. Por otro lado, la originalidad subjetiva implica que el autor plasme su estilo y sello personal en la obra que ha creado.
Cada individuo posee una capacidad única para expresar las ideas de su intelecto, y esto se evidencia claramente en sus creaciones.
¿Qué se protege en los derechos de autor de una obra?
Se busca proteger dos tipos de derechos: los derechos morales y los derechos económicos. Los derechos morales hacen referencia al vínculo que tiene un autor con su obra. Incluye, entre otros, el derecho de paternidad que me da el reconocimiento de que soy el autor de la obra, de reivindicar mi titularidad de la obra.
Por otro lado, los derechos económicos o patrimoniales protegen la posibilidad de obtener una retribución económica de la obra, a través de derechos como el de reproducción, que me permiten editar mi obra las veces que desee, entre otro tipo de facultades que comprenden esos derechos patrimoniales.
¿Cómo registrar mi obra o mi marca en Colombia?
De acuerdo con Mariana Viviescas, abogada de RTVC Sistema de Medios Públicos, la principal forma de protección de estas obras es registrarlas ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor. Si bien los derechos frente a una obra nacen desde el momento de su creación, contar con el Certificado de Registro permite al titular de los derechos sobre una obra acreditar su calidad y disfrutar de sus derechos, sin tener que entrar en un proceso probatorio
Si es por primera vez debes hacer una preinscripción ingresando en el siguiente vínculo: Registro en línea.
Después debes crear una cuenta de usuario, para lo cual sólo necesitas diligenciar un formulario con tus datos y crear un nombre de usuario y su contraseña los cuales son personales.
El trámite sea físico o en línea, tiene una duración de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente en que la solicitud fue radicada, no tiene ningún costo y podrás descargar el registro de tu obra desde tu cuenta de usuario.
Debes tener presente que el Registro en Línea solo se encuentra habilitado para ciudadanos colombianos; los ciudadanos de nacionalidad diferente pueden realizarlo presencialmente.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL
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