Foto de mujer votando en Corferias, Bogotá, durante la primera vuelta presidencial.

Segunda vuelta: así pides medio día libre y más beneficios por votar


Foto: Colprensa.

Descuentos, media jornada descanso en tu lugar de trabajo y muchos más incentivos. Así los puedes reclamar luego de votar el próximo 19 de junio en la segunda vuelta presidencial.

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Además de ejercer tu derecho al voto, cumplir con un deber democrático y participar en la toma de una decisión clave para el futuro de Colombia, por sufragar el próximo 19 de junio obtienes múltiples beneficios a través del certificado electoral, que se entrega en cada jornada de votaciones para la elección popular de cargos públicos y frente a otros mecanismos de participación constitucionalmente autorizados.

La segunda vuelta presidencial, que desde el 13 de junio convoca a miles de colombianos a las urnas del mundo, no es la excepción. Por votar en esta jornada, también puedes reclamar todos los derechos que otorga la ley: media jornada de descanso en tu lugar de trabajo, descuentos en trámites con el Estado y hasta rebajas en el tiempo de prestación del servicio militar, son solo algunos de los incentivos.

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Si vas a participar en la jornada democrática que se adelantará el próximo domingo en todos los municipios y ciudades del país, y que definirá si el próximo presidente de la República (2022 – 2026), es Rodolfo Hernández o Gustavo Petro, conoce aquí qué beneficios puedes reclamar con tu certificado electoral y cómo solicitarlos.

Medio día de descanso por votar: ¿cómo pedirlo y qué hacer si lo niegan?

De acuerdo con la Ley 403 de 1997, todo votante con cualquier tipo de contrato laboral en Colombia “tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector”.

Ten presente que para reclamar este incentivo hay una fecha límite que, según la Ley, corresponde al mes siguiente al día de la votación y se debe acordar con el empleador.

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Para pedir esta media jornada libre laboral, debes presentar en tu lugar de trabajo el certificado electoral que te entregarán los jurados de votación luego de depositar tu voto en las urnas.

Recuerda que al tratarse de un beneficio otorgado por la ley, en tu lugar de trabajo no se pueden negar a concedértelo pues, de lo contrario, los empleadores que incumplan la norma se exponen a sanciones.

En este enlace puedes conocer todos los detalles sobre los plazos límite para exigir el medio día de descanso remunerado que te concede la ley y los mecanismos a los que puedes recurrir para quejarte por el posible desacato de parte de los empleadores.

Descuentos y más beneficios por votar en segunda vuelta presidencial

Para reclamar estos incentivos, recuerda que debes tener a la mano tu certificado electoral diligenciado correctamente, por lo tanto, antes de retirarte de tu puesto de votación, verifica que la información consignada allí sea verídica.

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Estos son todos los beneficios, además del medio día de descanso por votar, a los que tienes derecho si participas en los comicios del 19 de junio:

•    Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.

“Quien hubiere participado en las votaciones inmediatamente anteriores tendrá derecho a ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hayan hecho, en caso de igualdad de puntaje en los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior”, reza la Ley 403 de 1997.

•    Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, si se trata de soldados bachilleres o auxiliares bachilleres; o dos meses de rebaja si son soldados campesinos o soldados regulares.

•    Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado, en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. 

•  El mismo tratamiento del punto anterior tendrán los votantes, en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles, cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.

•    Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.

•    Rebaja del 10%, por una única vez, en el valor de la expedición del pasaporte que el votante solicite durante los cuatro años siguientes a la votación.

•    Los votantes tendrán el mismo porcentaje de descuento del 10% en el valor a cancelar por en el trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial.

•    Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la libreta militar.

•    Para duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante, también se otorga un descuento del 10 % en el costo del trámite.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL