¿Qué significa que Estados Unidos deje de aplicar el Título 42 y cómo afecta a los migrantes colombianos?

¿Qué dice la Cancillería sobre el fin del Título 42 y cómo afecta a los colombianos?


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Te explicamos por qué han retornado al país colombianos en vuelos desde Estados Unidos, de qué se trata el título 42 y cuáles serán los cambios en temas migratorios.

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Miles de personas alrededor del mundo emprenden a diario un viaje en búsqueda de nuevas oportunidades, seguridad, mayores ingresos, y un futuro mejor. Muchos de los cuales, consideran a Estados Unidos el país ideal para recomenzar.

Sin embargo, ingresar al país norteamericano no es tan sencillo para algunos que no tienen los recursos económicos o el tiempo para realizar un proceso legal, por lo que recurren a tácticas como cruzar la frontera ilegalmente, motivados por el anhelado ‘sueño americano’.

Durante esta semana varios ciudadanos colombianos han retornado desde Estados Unidos, te contamos a qué se debe, si esto se relaciona con el fin del Título 42, y cómo acceder a ayudas de la Cancillería colombiana cuando suceden estos casos al encontrarte en el exterior.

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¿Por qué deportaron a colombianos de Estados Unidos?

El Gobierno de Estados Unidos ha destacado en varias oportunidades que su objetivo es instaurar herramientas y vías lícitas, para que las personas que deseen ingresar a su territorio puedan hacerlo evitando los cruces ilegales, de manera segura y ordenada conforme al legítimo proceso.

Asimismo, recalcaron que tras la culminación del Título 42 se aplicarán facultades de control migratorio conforme al Título 8, las cuales, implican consecuencias más severas para las personas que crucen la frontera ilegalmente.

Estamos dejando muy en claro que nuestra frontera no está abierta, que el cruce irregular es contrario a la ley y que quienes no sean elegibles para asistencia serán expulsados con rapidez”, indicó el secretario de Seguridad Nacional de EE.UU, Alejandro Mayorkas.

Cabe destacar que, los vuelos con colombianos retornados esta semana hacen parte del Plan Piloto del programa Mamá Retorna, “cuyo objetivo era liberar el flujo de colombianos en la frontera sur de Estados Unidos, previo a la finalización del Título 42 y en el marco del mes de la madre”, precisó Migración Colombia.

Inicialmente, los vuelos se habían programado entre el 1 y el 7 de mayo, pero fueron suspendidos por el incumplimiento de los acuerdos sobre el tratamiento humanitario y por la cancelación por parte del Departamento de Seguridad de Estados Unidos de los primeros viajes.

Sin embargo, se espera que continúen presentándose vuelos con colombianos deportados del país norteamericano.

“Este miércoles arribó al país un vuelo con 71 familias integradas por 209 personas: 107 adultos y 102 niñas, niños y adolescentes. Se espera que en los próximos meses ingresen al país cerca de 14.000 colombianos más retornados desde EE.UU.”, explicó la Defensoría del Pueblo.

Colombianos retornados de Estados Unidos denuncian agresiones

Desde principios de esta semana han arribado varios vuelos provenientes de la frontera sur de Estados Unidos con colombianos retornados al país tras ingresar irregularmente, los cuales, denunciaron en su regreso que sufrieron de maltratos, abusos y tratos degradantes en el país norteamericano.

Por eso, la Defensoría del Pueblo a través de un equipo de profesionales de la Delegada para los Derechos de la Población en Movilidad Humana, la Regional Bogotá y la Oficina de Asuntos Internacionales, acompañaron el retorno de los connacionales y recolectaron las quejas relacionados con vulneraciones a sus derechos.

Entre los testimonios han señalado “vulneraciones a la dignidad humana, agresiones verbales, eliminación de sus pertenencias, falta de atención en salud, mala calidad de la comida y privación del sueño”, de acuerdo con información de la Defensoría del Pueblo.

¿Qué dice la Cancillería sobre el fin del Título 42?

Por medio de un comunicado, la Cancillería insistió en que la culminación del Título 42 “no implica la apertura de fronteras, la exención de visados, la flexibilización de los procesos de regularización, o nuevas medidas de reunificación familiar”.

Por el contrario, recordó los peligros al intentar migrar irregularmente a Estados Unidos, no solo en la integridad física de las personas, sino que pueden exponerse a procesos penales.

Asimismo, detalló que en los casos donde los ciudadanos necesitan apoyo o asistencia mientras se encuentran en el exterior, pueden contactarse con el consulado más cercano.

Accediendo aquí, e indicando el país de tu interés podrás conocer un listado de consulados disponibles, junto con la dirección, el teléfono, correo y horario de atención.

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¿Qué es el Título 42?

En medio de los retos que suponía la pandemia por el Covid- 19, el entonces presidente Donald Trump impulsó una polémica norma que restringía el ingreso de personas que presuntamente representaran un riesgo para la salud.

Pero no solo era la prohibición de entrar con motivo de las restricciones de viaje impuestas para controlar los casos por coronavirus, o por ingresar ilegalmente evitando la detección médica, también, se incluía la deportación de los migrantes indocumentados.  

Hasta el 11 de mayo a las 11:59 p.m., cuando culminó de manera oficial la orden de salud pública conocida bajo el Título 42, los migrantes que buscaban ingresar a los Estados Unidos sin visa o permiso de entrada eran expulsados de manera inmediata.

Frente al anuncio, las autoridades han destacado la posibilidad de una crisis en la frontera, impulsada por una ola de migrantes que esperan en países fronterizos el fin del Título 42, con la esperanza de que tras la derogación de la norma les permitan ingresar a Estados Unidos.

“Incluso tras casi dos años de preparativos, anticipamos que habrá grandes cantidades de interceptaciones en nuestra frontera sur en los días y las semanas posteriores al 11 de mayo. Ya estamos observando altos números de interceptaciones en algunos sectores”, indicó el secretario de Seguridad Nacional de EE.UU, Alejandro Mayorkas.

No obstante, desde que el Gobierno estadounidense informó su decisión, ha recalcado constantemente que el levantamiento de la orden no implica que su frontera esté abierta.

Al contrario, en reemplazo del Título 42, comenzarán a regir nuevamente todas las leyes de inmigración bajo el Título 8, procesando a las personas que no tengan una justificación legal para mantenerse en los EE.UU.

¿Cuál es la diferencia de la implementación del Título 42 y el Título 8?

En materia de migración, el Título 8 impone sanciones a quienes pretendan ingresar ilegalmente a Estados Unidos, por lo tanto, no solamente serás deportado, sino que también se te podrá aplicar una prohibición de 5 años para entrar al país norteamericano y un proceso penal.

La norma complementa esfuerzos que combinan las vías lícitas con consecuencias para quienes no usen esas vías, y establece ciertas condiciones limitantes a la elegibilidad para el asilo a quienes no recurran a tales vías”, aclara un comunicado del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos.

Defensoría advierte un aumento de tránsito de personas migrantes y refugiadas

Ante el levantamiento del Título 42 el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, destacó que podría presentarse en el país un incremento en los movimientos migratorios de personas que ingresen y circulen por territorio colombiano.

Por lo que resaltó la necesidad de construir, de manera inmediata, planes de contingencia que garanticen los derechos de los migrantes y refugiados.

“Es fundamental que se considere la instalación de albergues humanitarios para atender esta población en sus necesidades básicas y puntos de orientación y asistencia legal”, precisó.

Precisamente, en un comunicado la Defensoría señaló que durante el 2022 se registraron 248.284 personas migrantes o con necesidad de protección internacional en la frontera entre Colombia y Panamá, según datos del Servicio Nacional de Migración de Panamá.

Mientras que, en lo que va corrido de 2023 han cruzado esta zona del país 127.000 personas, donde los venezolanos continúan siendo los que más transitan con 55.589 personas, seguidos por haitianos 28.610 y ecuatorianos 16.992.

“Los equipos de la Defensoría del Pueblo en las regionales del Urabá Darién y Chocó principales puntos de salida de esta diáspora transcontinental, del Caribe y terceros países, han detectado incrementos de población migrante en los municipios de Turbo y Necoclí (Antioquia), Acandí y Juradó en (Chocó)”, resaltó el comunicado.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL