pico y placa en Cali

Pico y placa en Cali: te contamos las nuevas restricciones


Foto: Alcaldía de Cali

Conoce las restricciones que tendrá la medida implementada por la Alcaldía de Cali, para lo que falta de año.

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A partir del 1 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2022, regirá el pico y placa en Cali por 14 horas, para carros particulares, comenzando a las 6:00 a.m. hasta las 08:00 p.m.

La medida busca mejorar la calidad del aire, la seguridad vial, el tránsito de vehículos y el tiempo de circulación, de modo que, la restricción aplica igualmente para los carros que ingresan o salen del perímetro urbano de Cali.

Los cambios se harán de manera gradual, por lo que, se tendrán dos semanas sin sanciones, desde el 1 hasta el 12 de agosto, para que la ciudadanía conozca y se adapte a las nuevas restricciones.

Como explicó el secretario de Movilidad de Cali, William Vallejo, "hemos considerado que por el cambio tendremos pedagogía por parte de los agentes de tránsito y no habrá sanciones las dos primeras semanas en este nuevo esquema".

Precisamente, durante el lunes 1 de agosto, se realizaron diferentes operativos en la ciudad por parte de la Secretaría de movilidad, en el cuál se reportaron 116 infractores, que solo fueron reprendidos y no obtuvieron ningún tipo de sanción.

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La rotación del pico y placa se realizará de la siguiente forma:

DÍA DE LA SEMANA

ÚLTIMO DÍGITO DE LA PLACA

Lunes

5 y 6

Martes

7 y 8

Miércoles

9 y 0

Jueves

1 y 2

Viernes

3 y 4

La restricción de la prohibición de circulación en los horarios y días anteriormente descritos, no aplica para los sábados, domingos y feriados.

Excepciones del pico y placa en Cali

La medida no aplicará para:

a. Grupo de vehículos acreditados conforme con los requerimientos establecidos en el Decreto 4112.010.20.497 del 1 de julio de 2021 y demás actos administrativos.

b. Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible Eléctrico, Gasolina/Eléctrico o Diésel/Eléctrico.

c. Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas según su licencia de tránsito.

d. Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el Acuerdo Municipal No 0401 del 2016 o la norma que le modifique.

e. Vehículos de propiedad de la Alcaldía de Cali, asignados a la prestación de servicios en los organismos de la administración central a cargo de los departamentos administrativos, secretarías, unidades administrativas especiales de gestión y en las entidades descentralizadas o adscritas.

f. Las motocicletas.

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Otras disposiciones para tener en cuenta

El decreto señala la prohibición de la circulación de motocicletas, en el área urbana del Distrito Especial de Santiago de Cali, con acompañante menor de diez años, en todo horario, a partir del 30 de julio hasta el 15 de enero de 2023.

Así como, la circulación de motocicletas de jueves a domingo, en el horario comprendido entre la 01:00 a.m. y las 05:00 a.m., con la misma vigencia del 30 de julio hasta el 15 de enero de 2023.

Exceptuando a los organismos de seguridad del estado, agentes de tránsito, organismos de socorro, CTI, personal de empresas de vigilancia o seguridad privada con uniforme e identificación, servicios de mensajería y domiciliarios acreditados.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL