Persona calculando la retención en la fuente y a partir de que salario aplica

¿Qué es la retención en la fuente y a partir de qué salario aplica? Te explicamos


Te contamos en cuáles casos se aplica la retención en la fuente, en qué consiste esta figura y cuál es la relación del mecanismo con la UVT.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, anunció la semana pasada que la Unidad de Valor Tributario, UVT, aplicable para el año 2023 se ubicará en $42.412 pesos, lo que representaría un aumento de $4.408 pesos en comparación con la vigencia de 2022, que se fijó en $38.004

Como cada año, la DIAN, encargada de definir el valor de la UVT, realiza el correspondiente incremento que definirá los valores de los impuestos administrados por la entidad.

El aumento de esta unidad se calcula por medio de la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, la cual, entre el 1 de octubre de 2021 y el 1 de octubre de 2022, fue de 11.60%.

La importancia de esta medida de valor es que se utiliza como referencia para ajustar el cobro de obligaciones tributarias como la declaración de renta, el impuesto al consumo, retención en la fuente, entre otras obligaciones.

El nuevo valor del UVT, permite darse una idea de quienes y desde que ingresos mensuales estarán sujetos a cobro de retención en la fuente para 2023.

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¿Qué es la retención en la fuente?

La retención en la fuente no es un impuesto en sí, sino un mecanismo empleado para recaudar gradualmente ciertos impuestos. Esta figura retiene un porcentaje de dinero de los contribuyentes, al momento de adquirir ingresos o prestar un servicio.

“La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause”, señala el artículo 367 del Estatuto Tributario.

¿Quiénes son agentes de retención en la fuente?

Son agentes de retención o de percepción, según el artículo 368 del Estatuto Tributario:

  • Entidades de derecho público.
  • Fondos de inversión, de valores, de pensiones de jubilación e invalidez.
  • Consorcios.
  • Comunidades organizadas.
  • Uniones temporales.
  • Demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho, que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente.

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¿Quiénes tendrán retención en la fuente en sus ingresos para 2023?

Teniendo en cuenta el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente aplicará para personas con ingresos iguales o mayores a 95 UVT.

Para calcular desde que cantidad los contribuyentes serán agentes de retención en la fuente para el periodo de 2023, se debe convertir la UVT a pesos, multiplicando el número de Unidades de Valor Tributario por el valor en pesos correspondientes a ese año.

En este caso sería 95 x 42.412 = 4’029.140

Por lo que, la base gravable sobre la cuál se aplicará retención en la fuente será de 4’029.140.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL