Eutanasia en Colombia

¿Qué requisitos habría para solicitar la eutanasia?


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Conoce aquí todos los detalles del proyecto de ley presentado por MinSalud para regular la eutanasia y en qué casos aplicaría.

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Cumpliendo con la sentencia T-544 de 2017 de la Corte Constitucional, el Ministerio de Salud y Protección Social presentó ante el Congreso un proyecto de ley estatutaria que busca regular el derecho a morir dignamente por medio de la eutanasia en Colombia.

Según explicó Ricardo Luque, médico experto en bioética del Ministerio de Salud, el proyecto busca dar luces sobre las directrices que se manejarían en caso de la solicitud por parte de pacientes con enfermedades terminales.

“Establece los parámetros, criterios y requisitos para el ejercicio del derecho a morir con dignidad, a través de la eutanasia de adolescentes (mayores de 12 años) y mayores de edad que, con diagnóstico de enfermedad terminal y sufrimiento secundario a esta, manifiesten su voluntad de adelantar el momento de muerte”, aseguró Luque.

Los requisitos para solicitar la eutanasia

El proyecto determina que para materializar una solicitud de eutanasia se debe cumplir con los siguientes requisitos:

1.Diagnóstico de enfermedad terminal.

2.Sufrimiento secundario a la enfermedad terminal.

3.Capacidad para expresar la solicitud de la eutanasia.

4.Competencia para tomar la decisión y dar consentimiento.

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El proyecto del Ministerio también determina las actuaciones de las personas relacionadas con la atención y el cuidado de la etapa final de la vida del paciente y establece las medidas para que pueda atender los requerimientos relacionados con el trámite de la eutanasia.

Con el fin de prevenir abusos en situaciones de vulnerabilidad, el proyecto establece exclusiones y establece la no disposición del consentimiento sustituto, es decir, que la eutanasia no podrá solicitarse para quienes no puedan expresar su voluntad, pues la decisión no podrá ser tomada por terceros.

“No se trata de eliminar a los improductivos, sino de hacer que cese el dolor del que padece sin ninguna esperanza que termine su sufrimiento”, afirmó Luque.

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El proyecto presentado por la cartera de salud sostiene las normas actuales respecto a los comités que deben recibir la solicitud de la eutanasia, que debe estar conformado por un médico especialista en la patología del paciente, que no puede ser el médico tratante; un abogado y un psiquiatra o psicólogo clínico.

El Ministerio reiteró que el derecho a morir dignamente no es sinónimo de eutanasia, sino que esta es la forma de garantizar a la persona la toma de decisiones respecto a su atención y cuidado en el proceso de muerte, incluida la opción de recibir cuidados paliativos o la eutanasia.

COLPRENSA