Régimen Simple de Tributación: cómo inscribirse y beneficios,

Régimen Simple de Tributación: ¿qué es, cómo inscribirse y qué beneficios ofrece?


Foto: Freepik.

El próximo 28 de febrero vence el plazo para pasarse del régimen ordinario al simple de tributación. Te contamos a quiénes les conviene este cambio y cuáles son los beneficios.

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Personas naturales y jurídicas en todo el país pueden pasarse del régimen ordinario de tributación a la modalidad conocida como Régimen Simple de Tributación (RST), cuyo plazo para dicho cambio vence el próximo martes 28 de febrero.

Comerciantes, emprendedores, micro y pequeños empresarios, tenderos y profesionales independientes, entre otros, pueden hacer parte de este mecanismo para la presentación de la declaración de impuestos nacionales y territoriales.

El RST es ofrecido por la DIAN desde el año 2019 y, según esa entidad, brinda al contribuyente menores tarifas y facilidades que no tendría con el régimen ordinario a la hora de declarar impuestos.

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¿Qué es el Régimen Simple o Simplificado de Tributación (RST)?

El sistema tributario en Colombia, que regula la declaración y pago de impuestos de renta en el país y cuyo principal ente rector es la DIAN, se encuentra dividido en tres regímenes: Común, Especial y Simple.

Este último es, según la DIAN, “un sistema para el pago de impuestos, que se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos de la DIAN y al que pueden acceder de forma voluntaria, tanto personas naturales como personas jurídicas”.

Con el RST, añade la entidad, “se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de empresarios, emprendedores, comerciantes y profesionales, pero especialmente de aquellos que se encuentran en la informalidad y que por desconocimiento no disfrutan de todos los beneficios que ofrece formalizarse”.

¿Quiénes pueden hacer parte del Régimen Simple de Tributación?

Pertenecer al RST es algo que pueden hacer de forma voluntaria las personas que cumplan en Colombia con obligaciones tributarias de carácter nacional y local y, además, cumplan con las siguientes características:

  • Ser personas naturales que desarrollen empresa, incluyendo profesionales liberales, o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
  • Que en el año gravable anterior hayan obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT. En el caso de las empresas o personas jurídicas nuevas, la inscripción en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE) estará condicionada a que los ingresos del año no superen estos límites.

En relación con esto último, la DIAN aclara que para el cambio a RST, cuyo plazo vence el 28 de febrero, los interesados deben tener ingresos inferiores a $4.241'200.000, para 2023 (100.000 UVT). También lo podrán hacer quienes ejerzan profesiones liberales con ingresos inferiores a $508'944.000, para 2023 (12.000 UVT).

Para tener mayor claridad respecto a quienes no pueden optar por el Régimen Simple de Tributación, en este enlace encuentras las causales por las que no se podrá hacer el cambio a esta modalidad.

Régimen Simple de Tributación: así te inscribes

Para adelantar este trámite, es necesario que cuentes con Registro Único Tributario (RUT). Si aún no lo tienes, en esta nota te contamos como solicitarlo ‘online’ o de forma presencial. Ya con este documento al día, sigue los siguientes pasos para inscribirte al RST:

1. Ingresa al sitio web oficial de la DIAN a través de este enlace.

2. En el primer recuadro de la izquierda, en el Portal Transaccional, inicia sesión como ‘Usuario Registrado’ o, si aún no tienes registro, habilita tu cuenta haciendo clic en ‘Usuario Nuevo’.

3. Con tu usuario y contraseña ingresa ‘A nombre propio’ (si lo haces como persona natural) o con la opción NIT (si lo haces a nombre de una organización o de un tercero).

4. En el menú del lado izquierdo de la pantalla selecciona la opción Registro Único Tributario, ‘Actualización RUT’, y haz clic en ‘Continuar’ hasta ingresar al formulario.

5. Modifica las responsabilidades que se encuentran en la hoja 1 del RUT: en esta hoja ubica la casilla 53, donde se encuentra registrada la responsabilidad 5 y haz clic en ‘Ayuda’, ya que vas a reemplazar dicha responsabilidad por la 47.

Si no tienes la responsabilidad de ‘Impuesto Renta y complementario Régimen Ordinario’, ubícate en una casilla en blanco y haz clic en ‘Ayuda’ si vas a incluir esta responsabilidad en tu RUT. El sistema también te permitirá incluir las responsabilidades asociadas a IVA, impoconsumo y retenciones.

6. Dirígete a la casilla 89, ‘Estado o Beneficio’ y haz clic en ‘Ayuda’.

7. Dale clic a la opción ‘Elija un valor para estado de la empresa o persona’, donde te aparecerán los siguientes códigos: 100 101, 116, 117, 118 o 119.

8. Identifica en qué grupos se encuentran las actividades que desarrollas y selecciona el código o los grupos que correspondan según código CIIU (dentro de la sección ‘Ayuda’ puedes encontrar la descripción de los distintos grupos).

9. Luego de seleccionar el código o grupos que te corresponden, verifica que el cambio se haya realizado.

10. Si cuentas con el Instrumento de Firma Electrónica (IFE), formalizarás la actualización al firmar el documento. Para ello, haz clic en el botón ‘Firmar’. Si no cuentas con IFE, al confirmar el cambio, el documento RUT actualizado se descargará automáticamente o podrás consultarlo en la opción ‘Obtener Copia del RUT’, en el tablero de control.

En este enlace encontrarás más detalles para inscribirte al RST bajo esta modalidad de actualización de RUT.

Beneficios del RST: ¿me conviene cambiarme a este régimen?

La DIAN invita a personas naturales y jurídicas que aplican a la inscripción en el Régimen Simple de Tributación, a hacer el cambio voluntario a dicho mecanismo, puesto que, dice la entidad, uno de los principales beneficios de este es que “brinda menores tarifas”, que se definen según nivel de ingresos del contribuyente.

Esto, agrega la entidad, le genera al contribuyente “un ahorro de dinero a la hora de pagar impuestos, el cual podrá invertir para potencializar su actividad en procesos intelectuales, de innovación y desarrollo, maquinaria y contratación de talento humano, entre otros”.

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Eduardo Cubides, subdirector para el Impulso de la Formalización Tributaria de la DIAN, explicó en Señal de la Mañana que con el RST, los contribuyentes no deben pagar un 35 % sobre la utilidad percibida sino, sobre los ingresos, unas tarifas de 1,2 % a un 8,3 %.

Exoneración en aportes a salud por trabajadores y el poder descontar directamente del impuesto generado por el contribuyente los aportes a pensión de cada trabajador a cargo, son otros de los beneficios que, según Cubides, se obtienen con el Régimen Simple de Tributación.

Finalmente, la DIAN menciona que este régimen “facilita y simplifica la presentación de la declaración de impuestos nacionales y territoriales, ya que se pueden presentar hasta 7 impuestos en un solo formulario, aunque (el declarante) ejerza actividades en diferentes municipios”.

En este enlace, descarga el simulador de la DIAN que te permite calcular cuánto puedes ahorrar con el RST.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL