Conmovedora sentencia de la Corte Constitucional a un niño

Hablando desde el corazón: Una sentencia traducida para un niño


Lo más particular del fallo de la Corte Constitucional que concede la protección de los derechos del menor, es como le explican porque sentenció a su favor.

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Los términos empleados en las sentencias para conocer las decisiones frente a un proceso son complejos de entender, a menos que tengamos conocimientos de la materia, y si intentamos explicarle a un niño mucho más.

No obstante, la Corte Constitucional encontró una forma de aclararle a un niño en un lenguaje sencillo, cuál decisión se tomó frente a su caso, en qué consiste la sentencia y cuáles beneficios lo favorecen.

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La acción de tutela interpuesta por el niño

La acción de tutela presentada por el niño contra Seguros Alfa S.A. “por considerar vulnerados sus derechos fundamentales de petición, a la seguridad social y a la vida digna”, fue interpuesta ante la negativa de la compañía de seguros de cambiar la cuenta bancaria donde se consignaba el pago de la mesada pensional de sobreviviente.

Pues, aunque el niño tenía el derecho de recibirla, después de la muerte de su madre en un accidente de tránsito, esta estaba siendo consignada al padre, quien se encuentra detenido en un centro penitenciario después de ser acusado de presunto abuso sexual contra el menor.

Las pensiones de sobreviviente son otorgadas al cónyuge, hijos menores o que están estudiando y tienen entre 18 y 25 años de edad, padres o hermanos que dependieran económicamente del afiliado, entre otros; cuando una persona fallece, pero en vida fue pensionada o que cumple con ciertos requisitos de semanas cotizadas.

Esencialmente, lo que pedía el niño en la acción de tutela era que el dinero que le correspondía por la pensión de sobreviviente fuera consignado en la cuenta bancaria de la abuela, ya que el niño se encuentra bajo su cuidado y custodia.

Síntesis de la decisión para el niño

En el apartado “Síntesis de la decisión para el niño” de la Sentencia T-262/22, la Corte incluye una carta donde le explica al niño en un lenguaje sencillo la decisión que se tomó.

El texto comienza describiendo el propósito de este alto tribunal de justicia señalando, “la Corte Constitucional está conformada por un grupo de personas, conocidas como jueces, que tienen entre sus tareas proteger los derechos de las niñas y los niños, como tú”.

“Hemos conocido tu situación. Sabemos que vives con tu abuelita y tu abuelito, a quienes quieres mucho. Sabemos también de las situaciones que viviste con tu papá y que probablemente eso te hizo sentir incómodo, triste y molesto”, menciona la síntesis.

“Después tuvimos conocimiento de que, aunque tu mamá no está contigo, ella te dejó un dinero para que puedas estudiar, comer, jugar y divertirte. También nos enteramos de que no estabas recibiendo ese dinero. Por eso, los jueces tomamos algunas decisiones para proteger tus derechos”, describe con referencia a la pensión de sobreviviente.

Para explicarle al niño el fallo de la acción de tutela el texto comienza indicando, “uno de los muchos derechos con los que cuentas es recibir y disfrutar el dinero que te dejó tu mamá. Por eso, tu abuela recibirá cada mes en su cuenta del banco tu dinero y te ayudará a administrarlo hasta que cumplas 18 años”.

“Tu abuela se encargará de utilizar tu dinero para que puedas estudiar en el colegio y, si tú lo deseas, también en la universidad. Con ese dinero y con la ayuda de tu abuela, podrás comprar tus uniformes para el colegio y tu ropa. Tu abuela también te ayudará a que con ese dinero puedas comer, jugar y divertirte”, continua sobre el fallo a favor del niño.

“Hemos dicho que está bien que vivas con las personas que te cuidan en este momento (tu abuela y tu abuelo). Otro juez estará muy pendiente de decidir si puedes volver a ver a tu papá. Ese juez, a quien podrás conocer cuando quieras, estará preocupado por ti y tratará de hacer todo para que estés mucho mejor”, argumenta con respecto a su situación familiar.

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No te preocupes, nadie te obligará a ver a tu papá. Solo si tú lo deseas. Y puedes estar tranquilo porque, en cualquier momento, podrás decirle al juez, a tus abuelos o a la comisaría lo que quieres y lo que no quieres”.

“Recuerda que para nosotros es muy importante lo que sientes, tus preocupaciones, tus miedos y tus intereses. Por eso, nunca olvides que, en todo momento y lugar, puedes exigir respeto de todos: de tu padre, de tus abuelos, de tus profesores y de quienes te cuidan. No pueden hacerte daño y tienen que hacer todo para que puedas ser feliz”.

“La comisaria, a quien ya conoces, te acompañará y estará pendiente de ti y de lo que necesites. Por último, otro juez hará todo lo que sea necesario para que nuestras decisiones se cumplan. Él debe garantizar la protección de tus derechos”.

“¡Gracias por tu valentía! Al conocer tu caso nos dimos cuenta de que muchos niños y niñas pueden estar pasando por lo mismo que tú. Por eso, le pedimos a la empresa que debe pagar tu dinero que haga todo lo necesario por proteger a todos los niños y las niñas y no les impida disfrutar de su dinero”, finaliza la carta.

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Decisión de la Corte frente a la acción de tutela

La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional ordenó modificar la cuenta bancaria en la cual se consignaba el pago de la mesada pensional en el término de 24 horas.

Igualmente, se ordenó a la Comisaría de Familia Sector Suroccidental de Pereira adelantar los respectivos trámites para dar un dictamen final respecto a la pérdida de la patria potestad del padre sobre el niño, con el acompañamiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

El fallo de la Corte también advirtió a Seguros de Vida Alfa S.A, sobre la no repetición de las acciones que se dieron en la acción de tutela presentada.

Incluso, se pidió comparar copias ante la Fiscalía General de la Nación, para iniciar investigaciones sobre el presunto delito de inasistencia alimentaria por parte del padre.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL